La Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México se ha dado a la tarea de realizar un cruce de información entre la base de datos del IMSS vs los pagos de ISN hechos por las empresas, desde 2018 a la fecha.
Esto ha resultado en el envío de requerimientos a las empresas por presunción de ingresos pagados a los trabajadores que aparentemente no están enterados en el impuesto.
En el envío del requerimiento viene un Código QR donde se puede acceder a la información que la Secretaría está usando como base para el cálculo y determinación del impuesto.
Si recibes este requerimiento te aconsejamos verificar lo siguiente:
- Revisa que tus acumulados de nómina y papeles de trabajo estén verificados y cuadrados tanto en tu nómina como contablemente y correctos con el importe pagado de ISN.
- Revisa el código QR del requerimiento para verificar cómo la Secretaría está determinando el impuesto. Aparentemente, su proceso de cálculo incluye tomar como referencia la EMA del IMSS y el SBC de los trabajadores, multiplicado por los días del mes y el 3% de impuesto. Esto puede ocasionar diferencias si es que tienes empleados dados de alta en el IMSS que no estén recibiendo nómina o si tienes un sólo registro patronal dado de alta en CDMX que utilices para dar de alta empleados a nivel nacional, pagando el ISN en cada estado que corresponde como marca la ley.
La forma de entender el cálculo es la siguiente:
- Realiza una confronta para determinar si existen diferencias o no.
Una vez que hayas determinado si estas diferencias requeridas son reales o no, te recomendamos lo siguiente:
- Si tu cálculo es correcto y no detectas diferencias, prepara la información necesaria y presenta un escrito en la Secretaría de Finanzas que compruebe que tu pago es correcto. Estos documentos anexos podrían ser: Nóminas, papel de cálculo del impuesto, correlación en excel de recibos timbrados, información del visor de nómina, línea de pago y pago realizado, pagos de ISN de otros estados, etc. (no existe documentación obligatoria a presentar como comprobante, pero presenta lo que te sea más conveniente para soportar tu pago).
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Si presentas alguna diferencia en tus pagos, pero es diferente a lo requerido por la Secretaría
Puedes presentar declaraciones complementarias en el portal de internet de Finanzas por las diferencias encontradas. Nuevamente, prepara la información necesaria y presenta un escrito en la Secretaría que compruebe que has realizado tu corrección de pagos. Estos documentos podrían ser aparte de los ya mencionados, copia de tus pagos complementarios, etc. y redacta un escrito libre indicando que has hecho tu corrección, anexando la evidencia y preséntala en la oficina de la Secretaría antes de los 15 días hábiles. Redacta un escrito libre indicando que tu pago es correcto anexando la evidencia y preséntala en la oficina de la Secretaría antes de los 15 días hábiles. También puedes presentar una aclaración siguiendo el link del código QR si es que crees que es más conveniente. - Si el requerimiento de la Secretaría de Finanzas es correcto, acude a las oficinas de este organismo a realizar el pago antes de los 15 días, pues no se puede pagar en ventanilla bancaria, sólo en sus oficinas mediante tarjeta de débito o efectivo.
El requerimiento contiene una línea de pago con fecha de vencimiento muy próxima; pero en párrafos siguientes se menciona que tienes 15 días para resolver el requerimiento a partir de la fecha en en que lo recibes.
No entres en pánico y verifica la información antes de tomar alguna decisión apresurada de pago.